ENISA define los criterios para beneficiarse de la Ley de Startups
La orden ministerial PCM/825/2023, de 20 de julio, establece los criterios para establecer el carácter innovador de una empresa emergente que recoge las propuestas trasladadas por AseBio en la consulta pública.
El pasado 21 de julio el Boletín Oficial del Estado (BOE) recogía la orden ministerial PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de las empresas emergentes. La Empresa Nacional de Innovación (ENISA), dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, ya ha abierto la ventanilla para solicitar dicha certificación. Hasta este momento ENISA había recibido 1.900 peticiones para iniciar el proceso de certificación de startup.
Según las estimaciones realizadas por el Gobierno se espera que al menos 10.000 empresas soliciten esta acreditación y accedan así a los beneficios fiscales recogidos en la Ley de Startups. El Ejecutivo informa de que esta acreditación alcanzará a unos 150.000 puestos de trabajo, además de generar más facilidades tanto para aquellos que inviertan como para los que funden este tipo de innovadoras empresas, lo que tendrá un efecto multiplicador en la economía española.
“La certificación de una startup en España, primer país europeo que contará con un sistema de emisión de certificados, estará basada en el cumplimiento de varios criterios, entre los que destaca la antigüedad de la empresa, que su facturación no supere los 10 millones de euros o que cuente con un 60% de su plantilla en España, entre otros requisitos”, ha expresado el ministro de Industria, Comercio y Turismo, Héctor Gómez.
"El establecimiento de este sistema otorga amplia seguridad jurídica al sector de las empresas emergentes en España, favoreciendo que cada vez más grandes fondos quieran invertir aquí. España no es sólo el mejor país para vivir, sino también para emprender y para invertir. Con esta orden culminamos el procedimiento del marco de la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes e iniciamos un nuevo tiempo de modernización y de grandes oportunidades no solo para el crecimiento económico, sino también para el mercado de trabajo", añade Gómez.
¿Qué se entiende por startup?
Si atendemos a la información publicada a través del referido BOE, vemos que uno de los principales criterios de evaluación es que la empresa solicitante “debe acreditar que desarrolla un proyecto de emprendimiento innovador (…) La ausencia de este carácter innovador, una vez evaluada la solicitud presentada, será causa de desestimación”, expone el BOE.
En esta línea, general, según lo establecido el artículo 3.2 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, se considerará que una empresa desarrolla un proyecto de emprendimiento innovador “cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o en el propio modelo de negocio.
En base a esto se entenderá cumplido el requisito de carácter de emprendimiento innovador si la empresa que solicita la acreditación cumple, al menos, una de las condiciones que se exponen a continuación:
- Los gastos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica representen, al menos, un 15% respecto de los gastos totales de la empresa durante los dos ejercicios anteriores, o, en el ejercicio anterior cuando se trate de empresas de menos de dos años.
- Que la empresa solicitante haya sido beneficiaria de inversión, financiación o ayuda públicas para el desarrollo de proyectos de I+D+i o de emprendimiento innovador en los últimos tres años sin haber sufrido revocación por incorrecta o insuficiente ejecución de la actividad financiada.
- Que la empresa disponga de un informe motivado emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación, respecto a su alto grado de innovación.
- Que la empresa acredite disfrutar de bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por tener contratado personal investigador.
- Que la empresa disponga de un Sello Pyme Innovadora concedido por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
- Que la empresa disponga de Certificación de Joven Empresa Innovadora emitida por AENOR (EA0043) o de Certificación de Pequeña o microempresa Innovadora emitida por AENOR (EA0047) o Certificación conforme a la norma UNE 166.002- Sistemas de gestión de la l+D+i.
En caso de no cumplir con los criterios expresados, la entidad certificadora evaluará el carácter de emprendimiento innovador teniendo en cuenta si la empresa cumple alguno de los siguientes requisitos:
- La presencia de innovación tecnológica, ya sea en desarrollo o explotación, y que pueda estar protegida por derechos de propiedad industrial (quedan excluidos marcas y nombres comerciales) u otros derechos como software o know-how protegidos, todos ellos relacionados con el modelo de negocio de la empresa solicitante. Se podrá solicitar la emisión de un informe potestativo a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) para la evaluación de este aspecto.
- La presencia de innovación en productos, procesos, servicios y/o modelos de negocio.
ENISA fue elegida como responsable de poner en marcha esta certificación en la Ley de Startups gracias a la experiencia en la financiación de pymes y de empresas emergentes. Su inversión es de más de 1.260 millones de euros en préstamos participativos distribuidos en 8.280 préstamos, que han beneficiado a 7.220 empresas.
Desde AseBio valoramos positivamente los criterios establecidos en la orden ministerial, al recoger las propuestas realizadas por AseBio en la consulta pública realizada a finales de 2022. Desde AseBio abogamos desde el principio por establecer criterios basados en normativas o certificaciones previas, de forma que las empresas biotecnológicas pudieran acreditarse de forma sencilla, sin requerimientos adicionales. La redacción actual de la norma va en esta línea y permitirá a una parte importante de las empresas biotecnológicas de menos de siete años beneficiarse de las ventajas e incentivos de la Ley de Startups.