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¿Se pueden patentar seres vivos?

Artículo escrito por María Corral, asesora técnica en el Departamento de Biotecnología & Ciencias de la Vida de nuestro Aliado ABG Intelectual Property.

¿Se pueden patentar seres vivos?

Ante esta pregunta, habitual en las conversaciones sobre propiedad industrial en biotecnología, parece que la respuesta preconcebida suele ser “no”. Sin embargo, los profesionales del sector contestarían un “depende”, basado fundamentalmente en el tipo de ser vivo y en el territorio.

“Si bien las leyes de patentes de los diferentes territorios han establecido múltiples excepciones a la patentabilidad de seres vivos, patentar un ser vivo es, en muchos casos, posible”, afirma María Corral, Agente Europea de Patentes del Departamento de Biotecnología de ABG Intelectual Property, en su artículo “¿Se puede patentar seres vivos?” publicado recientemente en el blog del despacho.

En ese texto, esta Dra. en Bioquímica recoge la situación actual a la hora de patentar seres vivos en Europa y en Estados Unidos y, a su vez, distingue las diferentes reglas y excepciones que se aplican para microorganismos, plantas, animales y seres humanos.

“El cuerpo humano no es patentable en Europa en cualquiera de sus estadios de formación y desarrollo. Sin embargo, un elemento aislado del cuerpo humano sí puede ser patentable, incluso si dicho elemento es idéntico al que se encuentra en la naturaleza”, señala María.

El artículo apunta también ejemplos reales ilustrativos de cada una de las modalidades, en los que se ha obtenido o denegado la patente tanto en Europa como en Estados Unidos.

“¿Se puede patentar seres vivos?” puede leerse pinchando aquí