Ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Fecha apertura de la convocatoria
Fecha cierre de la convocatoria

Objeto de la ayuda: concesión de ayudas correspondientes al año 2023 para la ejecución de planes de innovación y de sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera y tendentes al cumplimiento de los objetivos de la
misma.

Prioridad temática:

  • Economía circular y ecoinnovación;
  • Descarbonización, ef.energética, nuevas fuentes de energía renovable y reducción de emisiones contaminantes
  • Materiales y productos avanzados
  • Innovación en procesos de calidad y seguridad
  • Innovaciones del proceso productivo derivadas de la prioridad de materiales y productos avanzados

Los beneficiarios de las ayudas podrán ser: sociedades con personalidad jurídica propia, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial (según Anexo I de la Orden) y que no formen parte del sector público (más del 50%). Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial si las actividades para las que solicita ayuda financiera se encuadran en las incluidas en el Anexo I de la Orden ITC/789/2021, de 16 de julio, y ha desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud

Líneas de actuación y tipos de proyectos:

  • Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación: 

a)    proyectos de investigación industrial 
b)    proyectos de desarrollo experimental 
a)    proyectos de innovación en materia de organización y procesos

  • Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética: inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente, a medidas de ahorro energético o energías renovables 

El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto será de 100.000 euros.

Características e importe de la ayuda

Las entidades podrán seleccionar si solicitan ayuda en la modalidad de subvención, préstamo reembolsable o de una combinación de las dos modalidades.

La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80 por ciento del presupuesto financiable.

El importe de la ayuda a conceder en forma de subvención, será como
máximo:

a)    Del 50 % del presupuesto financiable en el caso de pequeñas empresas.

b)    Del 20 % del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas.

c)    Del 10 % del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de la Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética.

d)    Del 10 % del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para
proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación

e)    Del 5 % del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para
proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación.

Importe de ayuda convocado

Plazo de realización de las actuaciones: Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.

Más información
 

Subvención / Crédito

Préstamo, subvención o de una combinación de ambas modalidades