Ayudas a proyectos estratégicos para la transición industrial del sector farmacéutico y del sector de productos sanitarios
Objeto de la ayuda: ejecución de proyectos estratégicos para la transición industrial del sector farmacéutico y del sector productos sanitarios, y tendentes al cumplimiento de los objetivos de la misma.
Ámbito temático: desarrollo e implementación de proyectos de innovación en sostenibilidad, en empresas industriales del sector farmacéutico y el sector de productos sanitarios, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I de la convocatoria y que se adapten a las prioridades temáticas establecidas en la misma:
Actividades incluidas en el ámbito de la convocatoria:
Actividades con clasificación económica C211 y C212 (Fabricación de productos farmacéuticos de base y fabricación de especialidades farmacéuticas);
Actividades con clasificación económica C26.51 (Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación), siempre que estén directamente relacionados con el sector farmacéutico, a excepción de:
- Fabricación de instrumentos para motores de aviación
- Fabricación de equipos de comprobación de emisiones de gases de automoción
- Fabricación de instrumentos meteorológicos
- Fabricación de polígrafos
- Fabricación de geodesia
- Fabricación de equipos de búsqueda, detección, navegación, aeronáuticos y náuticos, incluidas sonoboyas
- Fabricación de dispositivos GPS
- Fabricación de radares.
C266 (fabricación de equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos
C325 (Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos) en relación exclusivamente a la fabricación para productos sanitarios o bien componentes o equipos para el sector farmacéutico.
Actividades con clasificación económica C13 (Industria textil), C14 (Prendas de vestir) y C22 (fabricación de productos de caucho y plástico), siempre que el proyecto asociado a éstos, se impulse para el desarrollo de nuevos productos sanitarios, con innovación en materiales o composiciones de los mismos, incorporación de sensórica, digitalización o inteligencia a dichos productos, monitorización de pacientes, que aporten innovación en diagnóstico o para el seguimiento de nuevas terapias (excluyendo la CNAE C2211, CNAE 2223 y la CNAE 2229)
Tiene cabida también la fabricación de peptinas y sus derivados, materias proteicas y sus derivados, aceites y grasas modificados químicamente y reactivos compuestos para diagnósticos y laboratorios, encuadrables en la CNAE 2059 (“fabricación de otros productos químicos)
Y, por último, las actividades incluidas en el Anexo I de la Orden ITC/789/2021, de 16 de julio, que cumplan con los apartados b), c), d) relacionados o que den servicio a dicha actividad principal dentro de los sectores farmacéutico y de productos sanitarios:
- Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009
- Actividades complementarias a la producción industrial
- Actividades de servicios a la industria farmacéutica o de productos sanitarios.
Prioridades temáticas:
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Economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora de las cadenas de valor.
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Descarbonización, eficiencia energética, nuevas fuentes de energía renovable y reducción de emisiones contaminantes.
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Materiales y productos avanzados.
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Innovación en procesos de calidad y seguridad.
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Innovaciones del proceso productivo derivados de la prioridad temática 3
Los beneficiarios de las ayudas podrán ser: sociedades con personalidad jurídica propia, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial en el sector farmacéutico y de productos sanitarios, y que no formen parte del sector público (más del 50%).
Se entenderá, que el solicitante desarrolla una actividad industrial en el sector farmacéutico y/o en el sector de productos sanitarios, si las actividades para las que solicita ayuda financiera se encuadran en el Anexo I de esta convocatoria, a su vez parte, de las incluidas en el Anexo I de la correspondiente Orden de Bases.
El solicitante, deberá haber desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud.
Líneas de actuación y tipos de proyectos:
- Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación: podrán ser objeto de ayuda proyectos de investigación industrial, los proyectos de desarrollo experimental y/o los proyectos de innovación en materia de organización y procesos
- Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética: serán susceptibles de ayuda, las inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente, a medidas de ahorro energético o energías renovables
El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto será de 100.000 euros.
Características e importe de la ayuda
La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80 por ciento del presupuesto financiable.
El importe de la ayuda en forma de subvención será, como máximo:
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Del 50% del presupuesto financiable, en el caso de pequeñas empresas.
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Del 20% del presupuesto financiable, en el caso de medianas empresas.
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Del 10% del presupuesto financiable, en el caso de grandes empresas, para proyectos de la Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
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Del 10% del presupuesto financiable, en el caso de grandes empresas, para proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en la Línea de investigación, desarrollo e innovación.
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Del 5% del presupuesto financiable, en el caso de grandes empresas, para proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación
La parte de ayuda concedida en la modalidad de préstamo reembolsable, tendrá las siguientes características:
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Importe del préstamo: el importe nominal: i) El Riesgo Vivo Acumulado de la empresa con la DGIPYME no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado. ii) El importe nominal del préstamo a conceder no podrá superar la cifra de negocios media en los ejercicios 2021 y 2022.
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Plazo de amortización: el plazo de amortización de la parte de ayuda concedida en forma de préstamo será de diez años, con un plazo de carencia de tres años.
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Tipo de interés de aplicación: el tipo de interés aplicable será del 0%.
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El método de amortización seguirá el siguiente sistema: Las cuotas de amortización del principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.
Préstamo, subvención o de una combinación de ambas modalidades