Ayudas Torres Quevedo

Agencia Estatal de Investigación
Fecha apertura de la convocatoria
Fecha cierre de la convocatoria

Objetivo: convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2022, de las ayudas Torres Quevedo.

Finalidad de la ayuda: promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos, para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación

Presupuesto de la ayuda: 15 millones de euros

Requisitos de las entidades solicitantes: 

  1. Las empresas, entre las que se incluyen las empresas «spin-off» y las JEI. 
  2. Los centros tecnológicos. 
  3. Los centros de apoyo a la innovación tecnológica. 
  4. Las asociaciones empresariales. 
  5. Los parques científicos y tecnológicos.

Requisitos de las personas participantes: 

  1. Estar en posesión del grado de doctor en la fecha de presentación de la solicitud. 
  2. No haber estado vinculada laboralmente con la entidad con la que solicita una ayuda de esta actuación
  3. No contar con una participación en el capital de la entidad que solicita la ayuda
  4. No estar incluida como candidata en la solicitud de más de una entidad.

Se podrá solicitar una ayuda para personas ya contratadas por la entidad solicitante en el momento de presentar la solicitud a esta actuación, siempre que la contratación se haya realizado con posterioridad al 23 de febrero de 2022, fecha fin de presentación de solicitudes de la convocatoria 2021 de las ayudas Torres Quevedo

Características de las ayudas: 

Duración de tres años 

La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste de contratación (la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social), del tipo de proyecto y del tipo de entidad, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados en el apartado 3 de este artículo. 

El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda por este concepto no podrá ser superior a 55.000 euros. solo serán financiables aquellos costes de contratación que resulten de retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 25.350 euros.

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Las ayudas deberán aplicarse para llevar a cabo actividades de I+D adicionales respecto de las que venga realizando la empresa.

Subvención / Crédito

Subvención